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11.11.05

Códigos y control de los periodistas

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que desarrolla la Ley del Mercado de Valores en materia de abuso de mercado y uso de información privilegiada, entre otra cosas.

Entre esas otra cosas, el gobierno ha establecido un régimen para garantizar la elaboración y difusión imparcial de recomendaciones de inversión.

Según reproduce la agencia EFE, se exige distinguir hechos de interpretaciones, estimaciones y opiniones. Se exige también que las fuentes sean fiables y, si no lo son, señalarlo en la propia recomendación.

También se exige identificar claramente en la propia recomendación a la persona que la elaboró y revelar los conflictos de interés que existan con el emisor o con los valores o instrumentos financieros a los que se refiera tal recomendación.

Alguien en el gobierno ha debido decir... "Oye, que los periodistas también hacen este tipo de recomendaciones, valoraciones, etc".

Así que en el Real Decreto se ha incluído una excepción indicando que se permite que sus normas no se apliquen a las recomendaciones elaboradas y difundidas por los periodistas...

... siempre que estén sujetos a normas equivalentes como, por ejemplo, las contenidas en sus códigos deontológicos.

¿Qué códigos deontológicos? Que se vayan preparando los periodistas, porque les van a empezar a llover códigos por todos sitios.

Por cierto... ¿qué códigos servirán para eludir las normas? ¿Cualquiera? ¿Los que apruebe el gobierno? ¿Los que apruebe alguna asociación?